El consentimiento es una de las bases que puede permitir el tratamiento de datos personales.
La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales lo define como la manifestación de voluntad mediante la cual el titular autoriza al responsable a tratar sus datos personales. Para que sea válido, debe ser libre, específico, informado e inequívoco.
Esto significa que:
- Debe ser libre: la persona debe poder decidir sin presión, engaño o condicionamientos indebidos.
- Debe ser específico: debe quedar claro para qué finalidad o finalidades se utilizarán los datos.
- Debe ser informado: antes de aceptar, el titular debe recibir información suficiente sobre el tratamiento.
- Debe ser inequívoco: debe existir una manifestación clara de la voluntad del titular.
¿Siempre se necesita consentimiento?
No.
La LOPDP contempla otras bases que pueden legitimar el tratamiento de datos personales. Por tanto, que una organización no solicite consentimiento no significa necesariamente que el tratamiento sea ilícito; debe existir otra base legitimadora prevista por la normativa y cumplirse las obligaciones correspondientes. La propia SPDP ha señalado expresamente que el consentimiento no es la única base que permite tratar datos personales.
¿Puedo retirar mi consentimiento?
Cuando el tratamiento se fundamenta en el consentimiento, el titular puede revocarlo conforme a las condiciones establecidas en la normativa.
La revocatoria no convierte automáticamente en ilícitos los tratamientos efectuados válidamente antes de que el consentimiento haya sido retirado.
Base legal: artículos 4, 7 y 8 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.